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Dietas y cobertura de la Seguridad Social

Dietas

Las personas integrantes de las mesas electorales cobrarán una dieta por el desempeño de sus funciones


Si alguno/a de los/as suplentes tiene que desempeñar la función por ausencia del titular, tendrá derecho al permiso retribuido y a la reducción de la jornada, así como a la dieta. No procederá la concesión de dichos derechos si el/la suplente no llega a ocupar su puesto en la mesa electoral

 

Cobertura de la Seguridad Social

Con independencia de su condición individual, toda persona que sea designada para desempeñar funciones como miembro (tanto titular como suplente) de una mesa electoral con motivo de la celebración de un proceso electoral, está especialmente protegida por el sistema de la Seguridad Social.


Están protegidos/as de todos los riesgos que se deriven de su condición de miembro, titular o suplente, de una mesa electoral y tengan relación directa con el desempeño de sus funciones, teniendo las lesiones que pudieran sufrir, incluyendo el accidente “in itinere”, la consideración de accidente de trabajo.